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El marco legal que regula las relaciones internacionales del Estado boliviano está contenido en las siguientes disposiciones de la Constitución Política del Estado (CPE): Título VIII, Relaciones Internacionales, Fronteras, Integración y Reivindicación Marítima; Capítulo Primero, Relaciones Internacionales, Artículos 255 a 260; Capítulo Segundo, Fronteras del Estado, Artículos 261 a 264; Capítulo Tercero, Integración, Artículos 265 a 266; Capítulo Cuarto, Reivindicación Marítima, Artículos 267 a 268. |
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Aunque Bolivia declaró la independencia en 1825, no fue reconocida como Estado soberano por Estados Unidos hasta 1848. Anteriormente, el reconocimiento de Estados Unidos a Bolivia fue indirecto al reconocer la Confederación Perú-Boliviana. El Secretario de Estado, James Buchanan fue el encargado de reconocer a la República de Bolivia, donde nombró como Primer Encargado de Negocios al señor John Appleton, quien fue enviado a Sucre con instrucciones emanadas en Washington el 1º de junio de 1848.
Estados Unidos y Bolivia suscribieron un tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación el 13 de mayo de 1858 en La Paz. Por estados Unidos firmó el encargado de Negocios, John W. Dana y por Bolivia el Ministro de Relaciones Exteriores, Lucas M. de la Tapia. Este Tratado contiene 36 artículos, de los cuales 22 se refieren a los aspectos de navegación e intercambio. Vale la pena destacar que los artículos 4 y 8 del citado Tratado, demuestran claramente el reconocimiento internacional a la soberanía boliviana en sus costas del litoral de Atacama.
El artículo 4 dice: "se podrán utilizar barcos americanos para llevar carga originada en otros países a los puertos de Bolivia en el Océano Pacífico y también a los puertos de fluviales en ríos bolivianos tributarios de las cuencas del Amazonas y del Plata. Del mismo modo, barcos bolivianos podrán llevar carga de otros países a puertos americanos."
El artículo 8 dispone: "La República de Bolivia interesada en incrementar el intercambio comercial entre los puertos del Pacífico se compromete a autorizar a ciudadanos particulares de Estados Unidos a establecer compañías de navegación que enlacen los distintos puertos y bahías del Litoral boliviano."
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